
El transporte de ganado en Colombia tendrá nuevos criterios para la movilización y el manejo de animales en pie. El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y el Ministerio de Transporte actualizaron el Manual de Procedimientos para la Movilización y Manejo de Animales en Pie mediante la Resolución 20263040030395 de 2026.
La actualización modifica aspectos relacionados con la capacidad de transporte, el bienestar animal, la capacitación de las personas involucradas y las competencias de las autoridades encargadas de la inspección, vigilancia y control.
Sin embargo, existe un punto fundamental: la nueva resolución no entra a regir inmediatamente por el hecho de haber sido expedida y publicada. El ICA establece que comenzará a regir seis meses después de su publicación en el Diario Oficial y que, a partir de ese momento, quedará derogada la Resolución 20223040006915 de 2022. Por eso, en este artículo explicamos qué cambia, a quién afecta y qué deben tener en cuenta ganaderos, transportadores y demás actores de la cadena pecuaria.
¿Qué cambia en el transporte de ganado en Colombia?

Uno de los cambios más importantes está relacionado con la manera de determinar cuántos animales pueden ser transportados en un vehículo.
La regulación anterior utilizaba principalmente el número de ejes del vehículo como referencia para establecer la cantidad de animales que podían movilizarse. Durante el proceso de actualización, el ICA identificó dificultades para aplicar este criterio porque no siempre reflejaba las condiciones reales de espacio disponibles para los animales. citeturn1view0
La nueva metodología toma como referencia el área disponible de la unidad de transporte y, mediante criterios técnicos relacionados con el peso corporal de los animales, determina el espacio requerido y la cantidad máxima que puede movilizarse.
En términos sencillos, el criterio pasa de considerar principalmente una característica estructural del vehículo a relacionar:
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Espacio disponible |
Peso de los animales |
Área requerida por animal |
El objetivo es conseguir una relación más precisa entre la capacidad del vehículo y las condiciones necesarias para proteger el bienestar de los animales durante el traslado.
¿Cuándo entra en vigor la nueva regulación para el transporte de ganado en Colombia?
Este es uno de los aspectos jurídicos que más cuidado requiere.
La Resolución 20263040030395 de 2026 fue expedida el 3 de agosto de 2026 y aparece registrada por el ICA con publicación en el Diario Oficial No. 53.580 del 6 de agosto de 2026.
El propio ICA establece que la resolución entrará a regir seis meses después de su publicación en el Diario Oficial. A partir de esa fecha quedará derogada la Resolución 20223040006915 de 2022.
Por lo tanto, al momento de consultar este artículo debe distinguirse entre:
- una norma expedida y publicada
- una norma que ya se encuentra vigente
- y una norma pendiente de entrada en vigor
La resolución entrará a regir seis meses después de su publicación en el Diario Oficial, realizada el 6 de agosto de 2026. Por ello, su entrada en vigor está prevista para el 6 de febrero de 2027.
Por seguridad jurídica, MerkaGanado recomienda consultar siempre la fuente oficial antes de realizar una movilización, especialmente durante el período de transición.
¿A quién aplicará la nueva regulación del transporte de ganado?
La nueva regulación se aplicará en todo el territorio nacional y establece reglas para quienes participan en el transporte de ganado en Colombia, desde los productores y transportadores hasta las empresas y demás actores involucrados en la movilización de animales en pie.
El ámbito incluye modalidades como:
- movilización a pie
- transporte privado
- servicio privado de transporte
- servicio público de transporte
- transporte terrestre
- transporte fluvial
La regulación comprende diferentes especies de producción pecuaria, entre ellas bovinos y bufalinos, además de porcinos, caprinos, ovinos, aves, équidos, cuyícolas y cunícolas.
Para el sector ganadero, esto significa que las nuevas disposiciones no están dirigidas exclusivamente a las grandes empresas transportadoras. También pueden involucrar a productores, propietarios de animales, transportadores y demás personas que participen en la movilización.
¿Qué requisitos existen para transportar ganado en Colombia?
El transporte de ganado no depende únicamente de contar con un vehículo.
Para la movilización de bovinos y otros animales sujetos a los requisitos sanitarios del ICA, debe verificarse la correspondiente Guía Sanitaria de Movilización Interna (GSMI), de acuerdo con las condiciones establecidas por la autoridad sanitaria.
Actualmente, el ICA también dispone de mecanismos asociados a SINIGAN V6 para la gestión de la movilización y trazabilidad de los animales.
Por eso, antes de transportar ganado es necesario verificar, como mínimo, que la documentación sanitaria correspondiente esté correctamente diligenciada y que las condiciones de transporte cumplan las exigencias aplicables.
¿Es obligatorio capacitarse para el transporte de ganado?
Sí. La capacitación en bienestar animal forma parte de las exigencias aplicables a quienes participan en determinadas actividades de movilización y transporte de animales en pie. Además, la nueva resolución establece disposiciones específicas sobre formación y capacitación que deberán observarse cuando entre en vigor.
El ICA informó en marzo de 2026 que los transportadores de animales en pie deben realizar el curso de bienestar animal exigido bajo la regulación vigente.
La nueva resolución amplía y precisa el tratamiento de los procesos de formación y capacitación. Establece que las personas involucradas en la movilización deberán realizar el curso de formación o capacitación en bienestar animal y contar con la constancia o certificación correspondiente, de acuerdo con las condiciones establecidas en la regulación.
La nueva regulación también establece disposiciones específicas sobre los procesos de formación y capacitación en bienestar animal, de acuerdo con las condiciones previstas en la normativa.

¿Por qué cambia la capacidad para transportar ganado?
El cambio busca que la cantidad de animales transportados tenga una relación más adecuada con el espacio disponible.
El ICA explica que el criterio anterior, basado en el número de ejes, presentaba dificultades porque no necesariamente representaba la realidad del transporte. Por esta razón, la actualización incorpora criterios relacionados con el espacio requerido por animal según su peso corporal, utilizando referencias técnicas de medidas alométricas.
Esto tiene una relación directa con el bienestar animal.
Un vehículo no debe evaluarse solamente por su capacidad física o por sus características mecánicas. También debe considerarse si el espacio disponible resulta adecuado para los animales que serán movilizados.
La nueva metodología pretende establecer una relación más precisa entre ambos factores.
¿Qué autoridades controlan el transporte de ganado en Colombia?
Otro cambio importante consiste en precisar las competencias de las autoridades que intervienen en la inspección, vigilancia y control.
El proceso de actualización identificó la necesidad de diferenciar las competencias relacionadas con los distintos regímenes aplicables al transporte, tránsito, sanidad y bienestar animal.
Esto significa que no todas las situaciones relacionadas con el transporte de animales corresponden necesariamente a una única autoridad.
El ICA tiene competencias relacionadas con la sanidad animal y determinados aspectos del bienestar animal. El Ministerio de Transporte y las autoridades de tránsito intervienen dentro de sus respectivas competencias en materia de transporte y tránsito.
La nueva regulación busca precisamente delimitar esas responsabilidades y favorecer una actuación coordinada.
¿Qué debe hacer un ganadero antes de movilizar sus animales?
Aunque la nueva regulación tendrá un período de entrada en vigor, los productores pueden comenzar a prepararse.
Antes de realizar una movilización, conviene verificar:
- La documentación sanitaria correspondiente, incluida la GSMI cuando sea exigible.
- La identificación y trazabilidad de los animales.
- Las condiciones del vehículo utilizado.
- La capacitación de las personas responsables de la movilización.
- Las condiciones de bienestar animal durante cargue, transporte y descargue.
- La capacidad de transporte aplicable.
- Las obligaciones específicas que correspondan al tipo de movilización.
La preparación anticipada permitirá que ganaderos y transportadores conozcan los nuevos criterios antes de que comiencen a ser exigibles.
¿Qué debe tener en cuenta un transportador de ganado?
El transportador debe prestar especial atención a tres aspectos: documentación, capacitación y condiciones de transporte.
La documentación permite demostrar que la movilización se encuentra debidamente autorizada y registrada. La capacitación demuestra el conocimiento requerido para el manejo y transporte de los animales. Finalmente, las condiciones del vehículo y el espacio disponible deben permitir una movilización compatible con las exigencias de bienestar animal.
El ICA ha señalado que el fortalecimiento de estas condiciones busca reducir pérdidas asociadas con mortalidad, lesiones y afectaciones en la calidad de los productos.
¿Qué deben hacer los ganaderos ante la nueva regulación?
La nueva regulación no debería verse únicamente como un cambio que comenzará a exigirse en el futuro. También representa una oportunidad para que productores y transportadores revisen desde ahora sus procedimientos.
El ICA y el Ministerio de Transporte han invitado a los actores del sector a familiarizarse anticipadamente con los nuevos criterios técnicos para facilitar su implementación.
Para el ganadero, una preparación adecuada puede comenzar por revisar la documentación, verificar la trazabilidad de los animales, conocer las condiciones de transporte y asegurarse de que las personas involucradas cuenten con la capacitación correspondiente.
También será importante revisar las tablas y criterios técnicos incluidos en el nuevo Manual cuando se vaya a determinar la cantidad de animales que puede transportar un vehículo.

¿Qué deben saber los ganaderos sobre la nueva regulación?
La actualización de las reglas para el transporte de ganado en Colombia introduce cambios importantes en la forma de entender y controlar la movilización de animales en pie.
El cambio más significativo está relacionado con la capacidad de transporte, que pasa de un criterio basado principalmente en el número de ejes a una metodología que considera el espacio disponible y el peso corporal de los animales.
También se precisan las competencias de las autoridades, se fortalecen los aspectos relacionados con el bienestar animal y se actualizan las disposiciones sobre capacitación y movilización.
Sin embargo, existe una diferencia fundamental entre expedir una norma y que esta entre en vigencia. La Resolución 20263040030395 de 2026 fue expedida y publicada, pero el ICA establece que comenzará a regir seis meses después de su publicación en el Diario Oficial. A partir de ese momento quedará derogada la Resolución 20223040006915 de 2022.
Por esta razón, los ganaderos y transportadores deben diferenciar cuidadosamente las obligaciones que actualmente se encuentran vigentes de aquellas que comenzarán a aplicarse con el nuevo régimen.
En MerkaGanado seguiremos haciendo seguimiento a esta transición para explicar los cambios normativos de manera sencilla, con fuentes oficiales y pensando en las necesidades reales del sector ganadero colombiano.
Fuentes oficiales:
Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y Ministerio de Transporte.
MinTransporte e ICA actualizan las reglas para el transporte de animales en pie

